DICTAMEN A DISCUTIR EN EL PLENO DE CARÁCTER CONSTITUCIONAL.

DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE GUARDIA NACIONAL, PUBLICADO EL 26 DE MARZO DE 2019 EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN MATERIA DE LA GUARDIA NACIONAL.

¿QUÉ SE PROPONE?

Ampliar de cinco a nueve años el periodo en el que el presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria; dicha participación deberá tener un enfoque de respeto a los derechos humanos, así como a los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos.

¿CÓMO BENEFICIARÁ ESTA REFORMA?

❖ Impulsa la pacificación del territorio nacional por medio de instituciones profesionales y disciplinadas como lo son: la Guardia Nacional, el Ejercito mexicano, la Marina Armada de México y la Fuerza AéreaMexicana.

❖ Asegura la continuidad de una colaboración eficaz entre la Guardia Nacional y las Fuerzas Armadas tendiente a salvaguardar la integridad
y los derechos de las y los mexicanos, así como la convivencia, el orden y la paz nacional.

❖ Permite contar con corporaciones encargadas de la seguridad pública, capaces de combatir de manera certera a los grupos delincuenciales y criminales, de tal manera que se reduzca la violencia que azota al país.

❖ Otorga a las Fuerzas Armadas un plazo mayor de participación en las tareas de seguridad pública para afianzar la reconstrucción del tejido
social y reducir la incidencia delictiva en el país.

❖ Garantiza la supervisión puntual del desempeño de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, propiciando que este se haga con estricto apego a los derechos humanos y al respeto de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos.

❖ Promueve la conformación y capacitación de los cuerpos de seguridad civil de los estados y municipios.

Para su aprobación necesita 2/3 de los votos de los diputados presentes en el pleno.

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